SINTESIS FORO ELECTRONICO

Gabriela Villamagua Vergara*

Me gustaría cerrar este espacio con algunas reflexiones a partir de lo comentado en el foro (así que me disculpan a los autores si hago mías algunos de ellos) y a partir de mi experiencia con mi tesis, que justamente versa sobre la creación de institucionalidad para una efectiva gobernanza de los recursos naturales en el marco de cuencas hidrográficas.

Para efectos de comprensión en este foro, entiéndase cuando me refiero a institucionalidad en dos dimensiones: la estructura organizativa – tejido social; y las reglas de juego también conocidas como normas.

Hay tres temas de interés que facilitan la creación de institucionalidad y son el marco regulatorio o ambiente propicio, el cambio institucional y el manejo de conflictos.

El marco regulatorio (también conocido como normativo y/o institucional), es el que favorece o propicia un entorno adecuado que garantice los derechos y activos de todos los involucrados e interesados (personas, organizaciones sociales, no gubernamentales, grupos vulnerables, sector público, privado, etc.) en la gestión del recurso hídrico. Este ambiente está dado por las políticas nacionales, departamentales y locales; la legislación, que constituyen las reglas de juego para actuar y que teóricamente facilita a las partes involucradas conocer y desempeñar sus roles y competencias en el sector agua. Este entorno incluye también espacios de discusión como el presente foro, mecanismos de comunicación y creación de capacidades para facilitar la participación de los involucrados e interesados en establecer las reglas del juego por las cuales se regirán sus acciones.

Parte de las condiciones habilitantes son también los mecanismos de participación que permitan una participación real de todos los interesados tanto a nivel local como nacional. El que se replantee formas de participación informadas tiene que ver con cambios institucionales. Reflejados en la forma de organizar la participación y de conducta, como por ejemplo que la planificación territorial se haga de abajo hacia arriba, donde Estado y Sociedad Civil vaya de la mano y no a la inversa como tradicionalmente sucede. Otro cambio que se requiere, es que por ejemplo los servidores públicos entiendan que trabajan para la sociedad en su conjunto, que el ESTADO es una forma de organización para atender a la gente. El que el Estado sea capaz de defender y trabajar para garantizar los derechos de la sociedad en su conjunto; solo es posible, si se de-construye y se construye de nuevo lo público, de apropiarnos del Estado de colonizarlo, para sentir que la Sociedad es el Estado.

Finalmente, si se parte de la premisa (sea cual sea esta) que el agua es un recurso escaso, o en otros casos mal distribuido… Esta característica hace que existan conflictos de intereses, por lo cual temas como la definición de usos y priorización de los mismos, así como definir los derechos de propiedad sobre los mismos son temas controversiales y difíciles de concertar, por lo cual se requiere espacios donde se pueda tranzar, es decir los llamados trade off (en qué gano y en qué pierdo).

EN CUANTO AL DERECHO HUMANO AL AGUA.

Como todos sabemos, el 28 de julio de 2010 por iniciativa del Gobierno Boliviano la Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el acceso al agua potable y al saneamiento como un derecho humano. La importancia de esta declaratoria radica en que es la primera vez que un organismo internacional como NNUU acepta incluir un tema ambiental dentro del ámbito de los Derechos Humanos y que además resulte contrario al pensamiento del Banco Mundial, para el cual, los servicios públicos de agua y saneamiento son, ante todo, oportunidades de negocios, lo que significa que los servicios deben ser privatizados y cobrados a los usuarios para garantizar una rentabilidad a los inversores, lo que implica excluir del servicio a todos los que no puedan pagarlo, o sea estamos hablando en caso particular de Bolivia y de muchos países latinoamericanos dejar de lado como al 80% de la población.
El que Bolivia en su constitución reconozca el agua como derecho humano implica que el Estado tiene la obligación de garantizar la prestación del servicio a toda la población y que sean las comunidades quienes asuman el costo de los que no puedan pagarlo (grupos desfavorecidos, vulnerables). De allí la importancia, que la prestación del servicio esté en manos de entidades públicas, más aun en Bolivia donde su privatización y concesión están prohibidas.

Por lo anterior, la estrategia del DDHH al agua es contraria e incompatible con los enfoques mercantilistas del agua y/o privatización, por lo que sería más compatible con la idea de los comunes. El poner al agua en el mercado, significa (como lo mencionamos anteriormente) que su acceso, uso y propiedad son dadas en condiciones que garanticen la sostenibilidad del negocio no del recurso, pues la lógica extractivista es maximizar las utilidades aunque el recurso se acabe. Claros ejemplos de por qué un recurso como el agua por su carácter social no debe ser privatizado lo constituyen la guerra desatada por el agua en Cochabamba y el caso de Interagua en Guayaquil-Ecuador.

El contar con un marco normativo mínimo que haga referencia explícita al derecho al agua, con políticas públicas afines implicar pasar de un enunciado a la acción, permite la designación de recursos económicos para la puesta en marcha de planes y proyectos por parte del Estado. También obliga al Estado asumir el control, responsabilidad con salubridad y eficiencia de los servicios de distribución del recurso agua, a través de diferentes modalidades, cómo sistemas mixtos Estado-sociedad civil para la construcción de infraestructura.

EN LO REFERENTE AL AGUA COMO PARTE DE LOS COMUNES

Partiendo de la definición propuesta por Mc Carthy…”Se considera como comunes a aquellos recursos u otros bienes materiales a los que los miembros de un grupo de personas tiene acceso directo y algún grado de control en virtud a su pertenencia a una comunidad, sin que este vínculo este necesariamente mediado a través de estructuras legales o económicas de los estados o los mercados formales”… El que el Estado Boliviano considere la idea del agua como parte de los comunes, es algo revolucionario, pero es también volver a las raíces, ya que va mucho más allá de reivindicar un derecho a tener un servicio de calidad para las personas, sino también se considera la salud de los ecosistemas que proveen el servicio hídrico, y que se basa en el principio de solidaridad al compartir y conservar un bien que pertenece a todos y del que nadie puede hacerse dueño exclusivo.

Esta idea de ser parte de los comunes, no es contraria al derecho humano al agua, más bien se complementan, ya que el primero serviría para asegurar el control comunitario sobre las fuentes locales de agua y su zona de recarga hídrica a través de rescatar la figura de ecosistemas comunales (sobre todo en zonas vulnerables y desfavorecidas), los cuales sean manejados por una organización que podría ser una Junta de Agua, donde se ejercite el derecho de decisión colectiva para la gestión y la exclusión en relación a un sistema definido del recurso y las unidades del recurso producidas por ese sistema. Por lo anterior, se hace necesario reconocer formalmente estos sistemas locales de gestión con lo cual se garantizaría la calidad y cantidad de agua para el aprovisionamiento del mismo a la población. Además, es una forma de preservar la soberanía comunitaria y nacional, se hablaría de tarifas justas, no de caridad.

La crítica de algunos contrarios a declarar el agua como parte de los comunes es la que argumenta por Harding, llamada la “tragedia de los comunes”, donde el supuesto es que no existe un reglamento que norme el uso por lo cual los usuarios tiendan al mal uso y la sobreexplotación; lo cual al menos en la región andina, no es del todo cierto. Existen múltiples ejemplos de cómo los pueblos andinos han desarrollado una serie de instituciones o normas para el manejo de sistemas de agua para consumo y riego y otros recursos naturales, desde quienes participan, hasta incentivos y sanciones así como monitoreo para el cumplimiento de la reglamentación; constituyéndose en un manejo exitoso del o los recursos. Esta fortaleza en la construcción y cumplimiento de la normativa para el manejo de recursos naturales debe ser explorada, recopilada y considerada para operativizar la futura ley de aguas, porque es más fácil formalizar (legalizar) y acatar algo que se viene haciendo de manera cotidiana, que quererse inventar el agua tibia.

Ahora el declarar al agua como bien común (desde mi perspectiva y no estoy muy segura por mi falta de conocimientos en derecho ambiental) me parece que no nos asegura que no puede ser vendible o transferible, por lo que tal vez requeriría se lo declare como primer paso, como patrimonio intransferible e inalienable, aunque la nacionalización implique que las propiedades comunales se transformen en propiedad del Estado momentáneamente y luego a través de figuras como la propiedad colectiva o ecosistemas comunales puedan volver a sus manos siempre y cuando el Estado fiscalice la no venta de estas a transnacionales o yo pensaría que todas estas figuras pueden coexistir entre ellas. También el tener títulos de propiedades globales o individuales, o sea claro el estatus de la tierra es una forma efectiva a mi parecer de proteger sus derechos.

EL MARCO NORMATIVO

Partimos de que no cuentan con una ley de aguas Bolivia, sin embargo en torno al agua operan relaciones de poder, donde todos los actores ejercen relaciones de poder sobre otros, de allí la importancia de delimitar la cancha y poner las reglas sobre la mesa.
El marco normativo nos dice que hacer y la forma como se estructure las organizaciones y se pongan en prácticas las reglas, las cuales se construya de manera colectiva y consensuada entre todos los actores involucrados e interesados en la gestión del recurso hídrico.
Hay un elemento de diseño organizacional fundamental que se debe tomar sobre todo al momento de pensar en los mecanismos de participación real. Este elemento tiene que ver con guardar un balance de poder entre los actores, por ejemplo 50% Estado, 50% Sociedad civil o comunitaria dentro de un organismo de cuenca.
Mantener espacios como este de debate y análisis permanentes para discutir temas como la apropiación o colonización del Estado por parte de la Sociedad Civil, los usos prioritarios, los modelos de gestión del territorio, las unidades de planificación, los mecanismos de participación real más acertados.

En estos espacios (foros, mesas de concertación) lo ideal es que estén personas de todos los sectores relacionados con el agua. Por ejemplo, a nosotros no nos interesa que venga el pobre usuario que ni siquiera conoce sus derechos, sino aquel usuario que demando al Estado, que ganó o perdió el juicio, para que nos pueda aportar cuales fueron los obstáculos o aciertos en cuanto al instrumento legal usado, para poder hacer modificaciones más operativas. Que participen los técnicos para identificar los vacíos de información para ponerse a investigar y tener información que sirva como insumo para la toma de mejores decisiones, los profesionales del derecho, en fin todas las personas que han tenido experiencias en temas de agua, porque la idea es formalizar las prácticas informales que funcionan y así operativizar la aplicación de la ley.

La creación de espacios de concertación llamados comúnmente plataformas donde los diferentes actores involucrados e interesados convergen y tratan de trabajar sobre los puntos comunes a todos desde sus intereses, teniendo como premisa sobreponer el interés colectivo sobre los intereses particulares. La idea es asumir de manera organizada la realización de actividades conjuntas entre el Estado y la sociedad civil, no solo en el seguimiento y control por parte de la sociedad civil sino también en la ejecución de la misma. Esta interacción facilita la formación de una gran alianza país con una agenda común, donde los actores a través de un ejercicio consiente define bien sus roles y competencias y actúan en función a estas. Por ejemplo las ongs deben tener claro su rol, no son ejecutoras sino articuladoras entre el Estado y la Sociedad civil y pueden tener el papel de crear incentivos así como crear las condiciones necesarias para un cambio de actitud de los actores dentro de la mesa de concertación. Estos espacios de coordinación fomentan la organización y el diálogo, las soluciones se construyen en conjunto, tal vez no se llegue a una situación óptima, pero al menos son mejores que la situación inicial y con mayor potencial de ser acatadas por todas las partes. Todos los usuarios deben sentarse a planificar y tomar decisiones sobre sus recursos, en este caso el agua, planteando soluciones creativas y que beneficien a ambos. Pero esta participación debe ser informada, cuando digo esto es que tiene que tener acceso a información confiable, que tenga la capacidad de interpretar esa información, detectar los problemas y aportar con soluciones acordes a su realidad.

Para ello se requiere la apropiación cultural de la temática, capacidad de propuesta, control social, acomodación de los actores, negociación y finalmente construcción de políticas públicas acorde a la realidad y respetando el derecho de todos y todas al agua, tomando en cuenta para la toma de decisiones estudios serios sobre la gestión del agua.
Una participación amplia que haga del proceso un ejercicio de concienciación y reflexión colectivo y enteramente participativo, que respete la equidad de género y generacional. Dentro de las plataformas de concertación se debe trabajar con un enfoque multicultural, donde converja un encuentro de culturas y en vez de concentrarnos en las diferencias que ahondan más los conflictos mejor en las semejanzas y sobre esos elementos comunes trabajar.

Otra cosa que se debe tener claro dentro de los espacios de concertación son los momentos de reflexión sobre lo andado, pues creo que es bueno pasar a la práctica pero es necesario reflexionar y volver a teorizar para luego ir nuevamente a la práctica y estar en continuo debate, solo eso genera masa crítica de calidad que permita lidiar con los problemas cotidianos.

Por estas razones el ejercicio pleno de los derechos y deberes de la ciudadanía se hace indispensable, ya que parte de este proceso es la formación de principios, virtudes, valores morales, conocimientos, educación, soberanía. De allí que trabajar desde un enfoque de derechos te abre un abanico de oportunidades y garantiza la equidad social.
Otro punto, que se ha venido discutiendo de manera implícita e explicita es como hacer realidad lo que se planifica en los territorios, entonces entra el enfoque de cogestión, donde se encuentran por un lado quienes gestionan alternativas e incentivos y toman decisiones y acciones sobre los que manejan el territorio y quienes manejan el territorio y toman decisiones y acciones directas sobre el uso de los recursos.

Otras cosas que se deben pensar es la sostenibilidad económica, a través de un fondo ambiental el cual puede estar constituido por aportes provenientes de las concesiones, indemnizaciones, o en especie que serían lo que pueden poner ya sea en recurso humano, transporte, logística, etc. Igual, no se está poniendo precio al agua como tal, pero si existe un costo por llevar el servicio de provisión de agua casa por casa, tiene un costo el mantener los ecosistemas comunales para el abastecimiento de agua y alguien tiene que asumirlos.

Se habla de temas transversales a una ley, como la educación ambiental y género, sin embargo el problema con lo transversal es que es todo y nada y como tal no se ve reflejado en las acciones y mucho menos en los resultados, tal vez pensar cuando se habla de educación ambiental, como un incentivo fuerte para la toma de conciencia, lo cual estimula la acción de la población y cómo ejecutar este eje de manera pragmática. El enfoque de género, aparte de considerarlo también transversal debe tener también especificidades dentro de la ley para que no quede solo de adorno, ya que existen una cantidad impresionante de casos recopilados donde se ha demostrado hasta la saciedad que el agua es uno de los factores donde se verifica la discriminación de género en su acceso, acopio y uso, como parte de las tareas reproductivas destinadas a la mujer en el hogar, reproduce de manera evidente la relaciones de poder entre las tareas productivas y reproductivas.

Finalmente tener un espacio permanente de análisis, hace o facilita el posicionamiento de los actores inmersos en este y convierte al espacio en un referente, lo cual permite acumular experiencia y ser propositivo con el Estado, al llevar propuestas al Estado (escalamiento vertical) para que este lo materialice. La acogida de estas propuestas está dada en la medida que se pueda demostrar con estudios serios y la fuerza del argumento construido en estos espacios la viabilidad de las mismas así como la capacidad de cabildeo ganado en estos espacios de discusión.

*Programa de Maestría, Manejo y Gestión Integral de Cuencas

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